Una importancia noticia de dio a conocer esta mañana acerca de Fernández Vial, donde la justicia dio el fallo y termino de la concesión de la SADP del club. Algo que se había hecho esperar pero finalmente llegó para el futuro del “Almirante”.
Lo que más importa para el hincha es que el equipo ya está en competiciones oficiales. Sin embargo, quedaba por conocerse el fallo que la justicia debía dar a luz. Así lo dio a conocer el Primer Juzgado Civil de Concepción, quien dictó la orden en contra de la sociedad anónima deportiva aurinegra.
El fallo de la justicia sobre el caso SADP y corporación de Fernández Vial
I.- Que SE RECHAZA la excepción de contrato no cumplido deducida por demandada Fernández Vial Sociedad Anónima Deportiva Profesional en lo principal de su contestación de folio 25
II.- Que SE ACOGE la demanda enderezada en lo principal de folio 1, dándose por terminado el contrato de concesión celebrado entre las partes con fecha 31 de enero de 2018, debiendo la demandada Fernández Vial Sociedad Anónima Deportiva Profesional restituir a la Corporación Club Deportivo Arturo Fernández Vial, dentro del plazo de quince días contados desde que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada, todos los bienes, derechos y activos entregados en concesión mediante dicho contrato, señalados en su cláusula segunda.
III.- Que, además, se condena a la demandada Fernández Vial Sociedad Anónima Deportiva Profesional a pagar a la demandante la suma de $22.209.500 por concepto de cánones de concesión adeudados a la fecha de interposición de la demanda, más las mensualidades que se hayan devengado durante la tramitación del juicio y hasta que esta sentencia quede firme o ejecutoriada, calculadas conforme al valor mensual pactado de $1.200.000 reajustado de acuerdo con la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumidor, en los términos previstos en la cláusula segunda del contrato de concesión.
IV.- Que se acoge la reserva de acciones formulada por la demandante para perseguir, en un juicio separado, la indemnización de los perjuicios que estime derivados del incumplimiento contractual acreditado en autos.
Fue parte de la carta notificada a la SADP. Así, se pone fin a una situación que sin duda es de buenas noticias para la corporación del club.
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