CDF tendrá que pagar millonaria multa (Agencia Uno)

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia le cayó duramente al Canal del Fútbol SpA (CDF) tras la demanda interpuesta por VTR Comunicaciones y la señal televisiva tendrá que pagar una multa de 32 mil Unidades Tributarias Anuales que equivalen a 27 millones de dólares y, además, habrá que modificar contratos con operadores de televisión de pago.

Sin duda, la multa que recibió el CDF en sentencia entregada el 14 de mayo por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia es la más alta impuesta en la historia del organismo y al CDF se le imputa infringir el artículo 3 en sus incisos primero y segundo letra b del Decreto de Ley N°211.

«Al abusar de su posición monopólica en el mercado de la transmisión televisiva en vivo y en directo de los encuentros deportivos del Campeonato Nacional de Fútbol Profesional», indicaron desde el TDLC.

Además, la sentencia ratifica que «se impondrá a CDF una multa total de 32.000 UTA, equivalente a la solicitada por la Fiscalía Nacional Económica. Esta multa es un 15% superior a los beneficios cuantificados atribuibles a los MG y la venta atada y equivale, aproximadamente, al 7% de los ingresos obtenidos por CDF por la venta de sus señales en el período julio 2017 – 2020″.

CDF por la conducta monopólica en el fútbol chileno tendrá que pagar 27 millones de dólares (Agencia Uno)

Además, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia también apela a que sí CDF tendrá que cambiar y modificar el tema de sus contratos para ofertas sus señales básicas y premium.

«Imponer a Canal del Fútbol SpA la obligación de modificar los contratos vigentes con los operadores de televisión de pago, en un plazo máximo de seis meses a contar de la fecha de notificación de esta sentencia, en el siguiente sentido: CDF no podrá condicionar la venta de sus señales premium a la compra de su canal básico, ni obligar a incluir en los planes de televisión algunas de sus señales. CDF no podrá establecer mínimos garantizados discriminatorios como los que aplicó», explicaron.

Revisa aquí la sentencia del TDLC